PROVINCIA DE SANTA FE. REPÚBLICA ARGENTINA

Nuestro objetivo:

“Integrar conocimientos científicos teóricos adquiridos académicamente, con el desarrollo de habilidades en el terreno de la práctica medica”

jueves, 30 de julio de 2009

PROVINCIA DE SANTA FE
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARIA DE SALUD
DIRECCIÓN DE RESIDENCIAS DE LA SALUD

CONCURSO DE RESIDENCIAS DE LA SALUD -2009
REGLAMENTO DEL CONCURSO DE RESIDENTES 2009

1º) DE LAS BASES Y REQUISITOS GENERALES:
A) DE LA INSCRIPCIÓN: Se efectuará en el período comprendido entre el 16 de marzo y el 30 de marzo de 2009 debiéndose dar la pertinente difusión a través de los medios idóneos con que cuenta el Ministerio de Salud así como su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En función de unificar la base de datos necesaria para resolver la instancia del examen escrito de manera conjunta con el Concurso para Médicos Residentes Becarios de Postgrado y Alumnos Becarios de Carreras de Especialización de Postgrado que patrocina la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Rosario, además de la documentación empleada para su propio registro de inscripción, la Dirección de Residencias de la Salud recabará los datos de los aspirantes en planillas similares a las empleadas a tal fin por la Escuela de Graduados, organismo a cargo de inscribir para el Concurso de la Facultad.
La inscripción deberá efectuarse en forma personal. No se aceptarán inscripciones condicionales. La documentación detallada en el punto B) será recibida como prueba de antecedentes con valor para la selección y podrá ser reintegrada a pedido del interesado dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la conclusión del Concurso en sedes de la Dirección y Subdirección de Residencias de la Salud, 1º de Mayo 2064 (Santa Fe) y Alem 1450 (Rosario) respectivamente, perdiéndose luego el derecho a reclamo.

B) DE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: (Original o fotocopias certificadas por autoridad competente).
1. Formulario de Solicitud de Inscripción conteniendo datos personales, la cual será considerada como Declaración Jurada, respecto a los datos que en ella se detallen.
2. Fotocopia de la primera y segunda hojas del Documento Nacional de Identidad (triplicado)
3. Fotocopia de Certificado Analítico, con Promedio General de Carrera incluyendo aplazos.
4. Fotocopia del Título Profesional extendido por la Universidad respectiva, aceptándose excepcionalmente la inscripción con la posesión del certificado de título en trámite expedido por la misma. Ello siempre que, cumplido el concurso respectivo y de acceder al cargo, posea el Título habilitante requisito indispensable para las becas nacionales.
5. Fotocopia certificada de antecedentes valorables según detalla el ítem 2º del presente Reglamento.
6. Certificado de Conducta y Certificado de Antecedentes Penales provisto por el Registro Nacional de Reincidencia dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. ( ambos solo para becas nacionales).
7. Constancia de Matrícula Profesional inscripta en el correspondiente Colegio Profesional de la Provincia. (Exigible solo al momento de la eventual toma de posesión para los inscriptos en Colegios de otras provincias)
8. La constancia de CUIL.
9. Contar con el apto médico en la revisión correspondiente.
10.DOS (2) fotos tipo carné color actualizada.
11.Losítems 8,9 y10 porduplicado para aquellos que accedan a becas nacionales.

C) DE CIERTAS CONDICIONES LIMITANTES:
Sólo podrán postularse ciudadanos argentinos nativos o naturalizados con no menos de 4 años en el ejercicio de la ciudadanía. Al momento de la inscripción, los candidatos podrán contar con hasta 5 (cinco) años de haber obtenido el Título Universitario habilitante y no más de 35 años de edad para “Residencias Básicas”, en caso de que el postulante se presentara para cubrir un cargo de “Residencia Postbásica” deberá contar al momento de la selección con 8 (ocho) o menos años desde el momento de la obtención del título de grado.
Cuando se tratare de Residencias Postbásicas, deberá presentar el certificado de residencia completa o en su defecto, certificación de haber cumplido con el régimen, autenticada por el Establecimiento y el Ministerio de Salud de la Jurisdicción en la residencia Básica correspondiente a la residencia a concursar.
El interesado podrá inscribirse para aspirar a sólo uno de los cargos ofrecidos por el Sistema.
El Sistema Nacional y Provincial de Residencias podrá disponer el apoyo financiero con partidas
presupuestarias por un período máximo de cinco (5) años para cada residente. A los efectos del financiamiento se extenderá a la jefatura de residencias como una residencia más, contando el plazo de su ejercicio dentro del término fijado en el párrafo anterior.
El residente que renunciara de forma fehaciente con posterioridad a la adjudicación y hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha fijada por esta Dirección para la readjudicación podrá presentarse a rendir examen al año siguiente. La vacante será readjudicada de acuerdo con el orden de mérito. Si la renuncia se produjera con posterioridad a esa fecha, quedará inhibido para optar por una residencia nacional y o provincial por un período de dos años (2) a partir de la fecha de ingreso a la residencia.

D) DE LA DURACIÓN DE LOS PROGRAMAS:
Los Planes Docentes de las diferentes Residencias comprenden 3
(tres) años de duración a excepción de aquellas desarrolladas en los Programas de Tocoginecología , Cirugía General y Anestesiología las cuales se extienden a 4 (cuatro) años. Todas las Residencias desarrollan un programa que incluye:
1. Actividades Docentes adecuadas para la formación teórica y práctica.
2. Actividades laborales de orden profesional con responsabilidad creciente y proporcional al grado de capacitación alcanzada, incluyendo el desempeño en Guardia Central y en Servicios de Centros Asistenciales públicos alternativos al que le corresponde como destino básico.
3. Rotaciones obligatorias de hasta 9 (nueve) meses de duración por Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) de variada complejidad en el ámbito Provincial.
4. Cumplimiento de las distintas actividades previstas en el Programa, incluyendo eventual entrenamiento en la lecto-comprensión de trabajos científicos en idioma Inglés.
5. Pasantías voluntarias de hasta 3 (tres) meses por Centros de Alta Complejidad, sujetas a autorización por los Comités de Docencia e Investigación.
El desarrollo de estos Planes en cada una de sus partes teóricas y prácticas, podrá ser cumplido en cualquiera de los Hospitales de las localidades afectadas al llamado a Concurso, a los efectos de satisfacer intercambios previstos en Programas Interhospitalarios, si de tal modo fuera dispuesto por las Autoridades de Salud, incluyendo la posibilidad de que parte o la totalidad del programa de formación se cumpla en hospitales o servicios de la ciudad de Buenos Aires u otras Provincias merced a convenios establecidos a tal fin.

E) DEL COMITÉ DEL CONCURSO:
El Comité del Concurso es el tribunal de primera instancia reconocido
para el evento y está integrado por la Dirección de Residencias de la Salud, un representante de la Coordinación de cada Nodo y representantes de los Comité de Docencia Hospitalarios.
El Comité del Concurso continuará en funciones durante los 2 (dos) días hábiles siguientes a la
fecha de publicación del Orden de Méritos Definitivo de los Concursantes. Estos últimos podrán interponer Recurso de Revocatoria en Primera Instancia ante dicho Comité, el cual dispondrá de un período de 2 (dos) días hábiles para resolver la cuestión. Finalizada esta instancia, se podrá recurrir en segunda instancia mediante interposición de apelación ante la Dirección de Residencias de la Salud en el término de 2 (dos) días hábiles contados desde la finalización de la primera instancia. La mencionada Dirección resolverá el recurso interpuesto dentro de los 2 (dos) días hábiles subsiguientes, con lo que finaliza el encauzamiento de
recursos por la vía administrativa.

F) DE LOS JURADOS:
El Comité de Docencia e Investigación de cada Hospital seleccionará a los
miembros de los Jurados a desempeñarse en el Concurso. La Dirección de Residencia de la Salud gestionará la designación de los mismos mediante Resolución a través de la Dirección Provincial de Recursos Humanos.
Los Jurados tendrán a su cargo la evaluación de antecedentes y la redacción de las preguntas para la confección de la Prueba Escrita en caso de ser esta ejecutada por la Dirección de Residencias de la Salud, debiendo participar además en la supervisión del desarrollo de la misma incluyendo la corrección de los cuestionarios.
Los Jurados que formen las Mesas Examinadoras para el Examen Teórico -Práctico de Selección
de Instructores, estarán integrados preferentemente por la Dirección de Residencia de la Salud, los Jefes de los Servicios afectados por los Programas Docentes de la Residencia del caso, miembros de Comités de Docencia e Investigación, representante de la Coordinación de cada Nodo y otros Profesionales de Planta con funciones docentes. El número de integrantes de las Mesas no podrá ser inferior a 3 (tres).

2º DE LA EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES
3º DEL PRIMER ORDEN DE MÉRITOS
4º DE LA PRUEBA ESCRITA
5º DEL ORDEN DE MÉRITOS DEFINITIVO
6º DE LA TOMA DE POSESIÓN
7º) DE LAS CONDICIONES PARA RESIDENCIAS QUE CUENTAN CON CONVENIO DE CURSADO PARALELO DE CARRERA UNIVERSITARIA DE POST GRADO:
8º) DE LA SELECCIÓN DE POSTULANTES PARA RESIDENCIAS DE BIOQUÍMICA
9) DE LA SELECCIÓN DE INSTRUCTORES DE RESIDENTES
10º) DE LA FINANCIACIÓN DE LOS CARGOS
11º) CARGOS A CONCURSAR PARA EL CICLO LECTIVO 2009/2010
12º) DE LA RESERVA DE DERECHOS
13º) DE LOS CARGOS DE INSCRIPCIÓN PROVISORIA

REGLAMENTO ENTERO